El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc.
sancionan con fuerza de Ley:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase la Convención sobre los Derechos de
las Personas con Discapacidad y su protocolo facultativo, aprobados mediante
resolución de la Asamblea General de Naciones Unidas A/ RES/ 61/ 106, el
día 13 de diciembre de 2006. Ambos instrumentos jurídicos forman parte del
presente como “Anexo 1” y “Anexo 2” respectivamente.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN
BUENOS AIRES, A LOS VEINTIÚN DÍAS DEL MES DE MAYO DEL
AÑO DOS MIL OCHO.
Si querés el documento completo dejanos tu e - mail en el comentario y te lo enviamos.
No hay comentarios:
Publicar un comentario